{"id":2124,"date":"2019-04-02T15:07:45","date_gmt":"2019-04-02T13:07:45","guid":{"rendered":"http:\/\/www.gestoriabarcelo.com\/?p=2124"},"modified":"2022-02-22T09:21:20","modified_gmt":"2022-02-22T08:21:20","slug":"obligacion-de-registro-de-la-jornada-desde-el-12-de-mayo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/obligacion-de-registro-de-la-jornada-desde-el-12-de-mayo\/","title":{"rendered":"Obligaci\u00f3n de registro de la jornada desde el 12 de mayo"},"content":{"rendered":"<p><strong><span style=\"color: #A6182A;\">Recientemente se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 8\/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protecci\u00f3n social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Entre otras cuestiones, dicha norma incorpora la obligaci\u00f3n de registrar la jornada de sus trabajadores, estableciendo como infracci\u00f3n grave (podr\u00eda ser sancionado con una multa de, entre 626 y 6.250\u20ac) la transgresi\u00f3n de las normas y los l\u00edmites legales o pactados en esta materia. Dicha obligaci\u00f3n entrar\u00e1 en vigor el pr\u00f3ximo 12 de mayo. As\u00ed pues, a partir de esa fecha deber\u00e1 realizar un registro diario de la jornada de todos sus empleados incluyendo la hora concreta de inicio y de fin de la jornada.<\/span><\/strong><br \/>\n<!--more--><br \/>\nEn el BOE el d\u00eda 12 de marzo se ha publicado el Real Decreto-ley 8\/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protecci\u00f3n social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, que incluye, entre otras medidas, determinadas disposiciones dirigidas a <strong>establecer el<\/strong> <strong>registro de la jornada de trabajo<\/strong>, a los efectos de garantizar el cumplimiento de los l\u00edmites en materia de jornada, de crear un marco de seguridad jur\u00eddica tanto para las personas trabajadoras como para las empresas y de posibilitar el control por parte de la Inspecci\u00f3n de Trabajo y Seguridad Social.<br \/>\nDicha obligaci\u00f3n entrar\u00e1 <strong>en vigor el pr\u00f3ximo 12 de mayo 2019<\/strong>. As\u00ed pues, a partir de esa fecha deber\u00e1 realizar un registro diario de la jornada de todos sus empleados incluyendo la hora concreta de inicio y de fin de la jornada.<br \/>\nPor tanto, a partir de esa fecha, se crean los registros de entrada y salida de cada trabajador, que deber\u00e1n tener todas las empresas y que servir\u00e1n para controlar que no se excedan las jornadas laborales m\u00e1ximas exigidas en la normativa y que, en su caso, se retribuyan las horas extras.<\/p>\n<blockquote><p><strong><span style=\"color: #A6182A;\">Atenci\u00f3n.<\/span><\/strong> Hay que tener en cuenta que esta norma, deber\u00e1 ser convalidada por la Diputaci\u00f3n Permanente del Congreso en el plazo de 30 d\u00edas h\u00e1biles desde la publicaci\u00f3n de la citada norma (al haberse disuelto el Congreso de los Diputados el pasado 5 de marzo de 2019<\/p><\/blockquote>\n<p><strong><span style=\"color: #A6182A;\">Regulaci\u00f3n vigente hasta el 12 mayo de 2019<\/span><\/strong><br \/>\nHasta ahora, su empresa ten\u00eda la obligaci\u00f3n de registrar la jornada de sus empleados a tiempo parcial y de efectuar una totalizaci\u00f3n mensual. Tambi\u00e9n deb\u00eda entregar, junto con la n\u00f3mina, una copia de dicho registro al empleado, reflejando el resumen de las horas realizadas cada mes (ya fueran ordinarias o complementarias).<br \/>\n<strong><span style=\"color: #A6182A;\">\u00bfQu\u00e9 debe tener en cuenta a partir del 12 de mayo?<\/span><\/strong><br \/>\nEl Real Decreto-ley 8\/2019 modifica el art\u00edculo 34 del Estatuto de los Trabajadores, con efectos desde el 12 de mayo de 2019, para establecer la obligaci\u00f3n empresarial de garantizar el <strong>registro diario de jornada de toda su plantilla<\/strong>, incluyendo la de los contratados a jornada completa.<br \/>\nEn concreto, se establece la obligaci\u00f3n de:<\/p>\n<ul>\n<li>Las empresas de garantizar el registro horario de la jornada que deber\u00e1 incluir el horario concreto de inicio y finalizaci\u00f3n de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que establece en propio precepto estatutario.<\/li>\n<li>Organizar y documentar el registro de jornada bien mediante negociaci\u00f3n colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, mediante decisi\u00f3n del empresario previa consulta con los representantes de los trabajadores en la empresa (Por ejemplo, mediante un sistema de fichajes o con un registro manual que documente la hora de entrada y de salida).<\/li>\n<li>Conservar los registros durante 4 a\u00f1os y tenerlos a disposici\u00f3n de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspecci\u00f3n de Trabajo y Seguridad Social.<\/li>\n<\/ul>\n<blockquote><p><strong><span style=\"color: #A6182A;\">Atenci\u00f3n.<\/span><\/strong> Esta obligaci\u00f3n de registro de jornada afecta a todas las empresas que tengan asalariados, sin excepciones por sector, tama\u00f1o de la plantilla ni otros motivos. Cada una de ellas deber\u00e1 acordar las condiciones en las que se aplica el registro.<\/p><\/blockquote>\n<p>Por \u00faltimo, se\u00f1alar que la norma se\u00f1ala la posibilidad del Gobierno de establecer -adem\u00e1s de las ya previstas ampliaciones sobre limitaciones de la jornada de trabajo y de los descansos- especialidades en las obligaciones de registro de jornada para aquellos sectores, trabajos y categor\u00edas profesionales que por sus peculiaridades as\u00ed lo requieran. Ello, a propuesta de la titularidad del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y siempre previa consulta con las organizaciones sindicales y empresariales m\u00e1s representativas.<br \/>\n<strong><span style=\"color: #A6182A;\">Infracci\u00f3n grave<\/span><\/strong><br \/>\nPor \u00faltimo, hay que se\u00f1alar que la norma modifica el apartado 5 del art\u00edculo 7 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, tipificando como infracci\u00f3n grave la transgresi\u00f3n de las normas y los l\u00edmites legales o pactados en esta materia.<br \/>\nEllo implicar\u00e1 que podr\u00eda derivarse propuesta de sanci\u00f3n con causa tanto en la no instauraci\u00f3n del registro de jornada, como en un incumplimiento referido a la conservaci\u00f3n de los datos del registro, o a la participaci\u00f3n de los representantes legales de los trabajadores en su confecci\u00f3n. <strong>Recordemos que la sanci\u00f3n derivada de una infracci\u00f3n grave en materia de relaciones laborales y empleo podr\u00eda ser sancionada con una multa de, entre 626 y 6.250\u20ac.<\/strong><br \/>\nPueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Recientemente se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 8\/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protecci\u00f3n social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Entre otras cuestiones, dicha norma incorpora la obligaci\u00f3n de registrar la jornada de sus trabajadores, estableciendo como infracci\u00f3n grave (podr\u00eda ser sancionado con una multa de, entre 626 y 6.250\u20ac) la transgresi\u00f3n de las normas y los l\u00edmites legales o pactados en esta materia. Dicha obligaci\u00f3n entrar\u00e1 en vigor el pr\u00f3ximo 12 de mayo. As\u00ed pues, a partir de esa fecha deber\u00e1 realizar un registro diario de la jornada de todos sus empleados incluyendo la hora concreta de inicio y de fin de la jornada.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":2125,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[17],"tags":[],"class_list":["post-2124","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categorizar"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2124","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2124"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2124\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2879,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2124\/revisions\/2879"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2125"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2124"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2124"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2124"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}