{"id":1259,"date":"2015-10-21T09:38:05","date_gmt":"2015-10-21T07:38:05","guid":{"rendered":"http:\/\/www.gestoriabarcelo.com\/?p=1259"},"modified":"2022-02-24T11:31:47","modified_gmt":"2022-02-24T10:31:47","slug":"los-autonomos-pueden-deducir-los-gastos-de-suministros-de-su-vivienda-donde-ejerce-la-actividad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/los-autonomos-pueden-deducir-los-gastos-de-suministros-de-su-vivienda-donde-ejerce-la-actividad\/","title":{"rendered":"Los aut\u00f3nomos pueden deducir los gastos de suministros de su vivienda donde ejerce la actividad"},"content":{"rendered":"<div><strong><i>As\u00ed lo ha se\u00f1alado el Tribunal Econ\u00f3mico-Administrativo Central (TEAC) en contra del criterio que hasta ahora ten\u00eda Hacienda. Ahora, y\u00a0 con car\u00e1cter vinculante para todas las Administraciones de Hacienda, se establece que los aut\u00f3nomos tienen derecho a deducir sus gastos de tel\u00e9fono, agua, luz, gas y otros suministros, compartidos con el resto de la vivienda habitual. Dadas las dudas que a\u00fan puedan suscitarse respecto a la determinaci\u00f3n de la cuant\u00eda proporcional deducible de dichos gastos, le recomendamos que se deje Asesorar por nuestro departamento fiscal.<\/i><\/strong><br \/>\n<!--more--><br \/>\nLes queremos informar de una buena noticia que beneficiar\u00e1 a mucho aut\u00f3nomos que trabajan en su vivienda habitual, ya que el TEAC en una Resoluci\u00f3n de 10 de septiembre, <i>en contra del criterio que hasta ahora ten\u00eda Hacienda, ha se\u00f1alado que a partir de ahora, y\u00a0 con car\u00e1cter vinculante para todas las Administraciones de Hacienda,\u00a0 los aut\u00f3nomos tienen derecho a deducir sus gastos de tel\u00e9fono, agua, luz, gas y otros suministros, compartidos con el resto de la vivienda habitual. <\/i><br \/>\nEn total se estima que los beneficiados por esta Resoluci\u00f3n son un colectivo de unos 300.000 trabajadores aut\u00f3nomos.<br \/>\nRecientemente ya se hab\u00edan producido sentencias en este sentido, sin embargo, ello solo ten\u00eda efectos sobre el caso juzgado y Hacienda segu\u00eda negando la deducci\u00f3n y lanzando paralelas y comprobaciones a contribuyentes que osaban desgravarse esos suministros.<br \/>\nEl argumento hasta ahora empleado por los funcionaros de Haciende es que estos aut\u00f3nomos ten\u00edan que demostrar que ese gasto estaba afecto a la actividad, llegando, incluso a exigir una factura aparte de la expedida por las empresas de servicios para la vivienda.<br \/>\nEsta actitud restrictiva, que no se da con los gastos de suministros de las sociedades, ha sido recurrida ante el TEAC, que el pasado 10 de septiembre en esta importante resoluci\u00f3n establece el criterio vinculante de que <i>los\u00a0trabajadores aut\u00f3nomos que desarrollan su actividad profesional en su vivienda tendr\u00e1n derecho a\u00a0deducirse gastos de agua, luz, recibos e impuestos como el IBI.<\/i><br \/>\nCon anterioridad, tanto el Tribunal Superior de Justicia de Madrid como el Tribunal Econ\u00f3mico-Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana hab\u00edan establecido que la luz y el gas pueden deducirse siguiendo la misma regla de prorrateo que algunos trabajadores aut\u00f3nomos vienen empleando con el IBI.<\/p>\n<p><strong>M\u00e9todo de c\u00e1lculo<\/strong><\/p>\n<p>La respuesta del TEAC, no obstante, tiene sus limitaciones, puesto que determina que en el caso de los gastos correspondientes a suministros, no procede su deducci\u00f3n atendiendo exclusivamente a una proporci\u00f3n entre los metros cuadrados afectos a la actividad econ\u00f3mica y la superficie total del inmueble.<br \/>\nEn ausencia de m\u00e9todo de c\u00e1lculo objetivo, se\u00a0 entiende que se debe imponer la regla general de admitir la deducci\u00f3n de aquellos gastos de suministros respecto de los que el obligado tributario pruebe la contribuci\u00f3n a la actividad econ\u00f3mica desarrollada, y, siguiendo la regla de correlaci\u00f3n entre ingresos y gastos para la determinaci\u00f3n del rendimiento neto de la actividad econ\u00f3mica, s\u00f3lo puede admitirse la deducci\u00f3n de los gastos si su vinculaci\u00f3n con la obtenci\u00f3n de los ingresos resultara acreditada por el obligado tributario.<br \/>\nEl Tribunal se\u00f1ala que <i>\u00abla sola proporci\u00f3n en funci\u00f3n de los metros cuadrados de la vivienda afectos a la actividad no servir\u00eda, pero podr\u00eda, en su caso, servir un criterio combinado de metros cuadrados con los d\u00edas laborables de la actividad y las horas en que se ejerce dicha actividad en el inmueble\u00bb.<\/i><br \/>\n<b>\u00a0<\/b><\/p>\n<blockquote><p><b>Se pueden deducir los gastos de suministros, comunidad de propietarios, IBI o amortizaciones<\/b><\/p><\/blockquote>\n<p>Los profesionales que declaran en Estimaci\u00f3n Directa por el Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas (IRPF) y que comparten vivienda habitual y centro de actividad, tienen derecho, adem\u00e1s, a deducirse gastos de comunidad de vecinos, IBI o amortizaciones.<br \/>\nEn estos casos debe diferenciarse entre los gastos derivados de la titularidad de la vivienda y los correspondientes a los suministros del inmueble.<br \/>\nLa normativa reguladora del IRPF permite la afectaci\u00f3n parcial de elementos patrimoniales divisibles, siempre que la parte afectada sea susceptible de un aprovechamiento separado e independiente del resto, lo que puede acontecer en el supuesto de una vivienda que, parcialmente, se utiliza para el ejercicio de una actividad econ\u00f3mica.<br \/>\nTrat\u00e1ndose de los gastos derivados de la titularidad de la vivienda, tales como amortizaciones, IBI, comunidad de propietarios, etc., s\u00ed resultan deducibles en proporci\u00f3n a la parte de la vivienda afectada al desarrollo de la actividad y a su porcentaje de titularidad en el inmueble referido.<br \/>\nEl criterio de la Agencia Tributaria, defendido en diversas consultas de la Direcci\u00f3n General de Tributos, permite que el aut\u00f3nomo que trabaja en casa se pueda deducir en el IRPF los gastos derivados de la titularidad de la vivienda como el IBI, la tasa de basuras o la cuota de la comunidad de propietarios. El importe de la deducci\u00f3n se fija en funci\u00f3n de los metros cuadrados de la casa que se destinan a desarrollar la actividad profesional. Esto no cambia y contin\u00faa igual. Sin embargo, la Agencia Tributaria vetaba hasta ahora esta misma regla en el caso de los consumos como la luz o el gas con el argumento de que no \u00a0exist\u00eda un regla racional\u0094 para determinar qu\u00e9 parte de los suministros se utilizaba para fines particulares y qu\u00e9 parte para la actividad profesional.<br \/>\n<strong>Dadas las dudas que a\u00fan puedan suscitarse respecto a la determinaci\u00f3n de la cuant\u00eda proporcional deducible de dichos gastos, le recomendamos que se deje asesorar por nuestro departamento fiscal. <\/strong>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>As\u00ed lo ha se\u00f1alado el Tribunal Econ\u00f3mico-Administrativo Central (TEAC) en contra del criterio que hasta ahora ten\u00eda Hacienda. Ahora, y  con car\u00e1cter vinculante para todas las Administraciones de Hacienda, se establece que los aut\u00f3nomos tienen derecho a deducir sus gastos de tel\u00e9fono, agua, luz, gas y otros suministros, compartidos con el resto de la vivienda habitual. Dadas las dudas que a\u00fan puedan suscitarse respecto a la determinaci\u00f3n de la cuant\u00eda proporcional deducible de dichos gastos, le recomendamos que se deje Asesorar por nuestro departamento fiscal.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":1268,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[17],"tags":[],"class_list":["post-1259","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categorizar"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1259","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1259"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1259\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3313,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1259\/revisions\/3313"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1268"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1259"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1259"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/gestoriabarcelo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1259"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}